PRESENTAMOS EN POLANCO (CANTABRIA), MI PUEBLO UNA SOLICITUD PARA QUE NOS INFORMARAN SOBRE LA GESTIÓN DE LOS ANIMALES CON FUNDAMENTO EN LA LEY 7/2023, ESTO ES LO QUE NOS RESPONDEN

EL CUESTIONARIO PIDIENDO INFORMACIÓN DE LA GESTIÓN DE LAS COLONIAS FELINAS Y MÉTODO CER A LA LUZ DE LA LEY DE BIENESTAR ANIMAL 

<< NuevDoña María Piedad Arcila Echeverry, abogada 3473 del Colegio de Abogados de Cantabria, en nombre y representación de la asociación HUMANICEMOS, con fundamento en la ley 19/ 2013 de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, en concordancia con la Ley 1/2018, de 21 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública, habida cuenta que desde el año anterior ses encuentra vigente la ley 7/2023 de PROTECCIÓN, DERECHOS Y BIENESTAR DE LOS ANIMALES, respetuosamente le solicito la siguiente información.

 1. Cuál ha sido el presupuesto municipal este año, para la implementación del método C.E.R. y la gestión integral de las colonias felinas, desglosando las partidas presupuestarias para alimentación, castraciones, desparasitaciones, materiales, cuidados veterinarios de animales enfermos y microchip a nombre del ayuntamiento. 2. Presupuesto municipal este año para la mejora del método C.E.R. y de la gestión integral de las colonias felinas (carnetización, refugios para las inclemencias del tiempo, señalizaciones de colonias, señalización de limitaciones de velocidad, puntos de estacionamiento de comida y agua, enriquecimiento ambiental, formación a gestores, alimentadores, voluntarios y agentes de la autoridad, campañas de concienciación, etc.). 
3. Copia íntegra del convenio, proyecto, contrato o licitación en virtud del cual se atribuye a una empresa u otra entidad la gestión integral de las colonias felinas del municipio.
 4. Copia del Programa de Gestión Integral de Colonias Felinas con el plan de control de colonias. 
5. Información sobre número de gatos castrados y coste del total de las mismas (sic) por año. 
6. Copia del protocolo para la asistencia veterinaria de urgencia de gatos, de colonias felinas o sin responsable conocido, atropellados, heridos o enfermos. 
7. Copia del protocolo para la retirada de los cuerpos de gatos fallecidos en la calle, vías públicas u otros espacios públicos o privados que procedan de colonias felinas o se desconozca quién es su responsable.
 8. Copia del registro de gatos recogidos por el servicio municipal de recogida de animales abandonados y extraviados, desde el momento en que entró a regir la ley 7. 
9. Información del destino de los gatos recogidos por el servicio municipal de recogida de animales abandonados y extraviados desde el momento en que entró a regir la ley 7. 
10. Información sobre el número de gatos atropellados en el municipio, vivos y fallecidos, con indicación expresa de la ubicación donde fueron atropellados desde el momento en que entró a regir la ley 7. 
11. Información del censo de colonias del municipio con número de gatos de cada coloniadesde el momento en que entró a regir la ley 7. 
12. Copia del mapa de colonias felinas del municipio. 
13. Protocolo de actuación municipal en caso de uso de veneno o envenenamiento en colonias felinas. 
14. Protocolo de actuación municipal en caso de maltrato en colonias felinas. 
15. Protocolo de actuación en caso de actos vandálicos contra el mobiliario urbano en colonias felinas. 
16. Protocolo de actuación en el caso de abandono de un gato o de varios en una colonia felina. 17. Protocolo de actuación en caso de gatos comunitarios o de colonias capturados por personas con intención dolosa para maltratarlos o abandonarlos en un sitio diferente al de su hogar (ubicación de su colonia), desde el momento en que entró a regir la ley 7. 
18. Protocolo en caso de gatos atrapados y en situación de emergencia (motor de un vehículo, tejado, árbol, etc.), desde el momento en que entró a regir la ley 7. 
19. Información sobre la formación que han recibido sobre Legislación aplicable a colonias felinas del personal del ayuntamiento que tramite denuncias relacionadas con esta materia y las asociaciones o particulares que realizan labores de voluntariado para la gestión de las colonias felinas del municipio. 
20. Copia del contrato del año anterior y el de este año, realizado con la perrera Besaya, para la recogida de animales en Polanco, al igual que los resultados de la gestión realizada para el cumplimiento del contrato junto con los detalles, como la cantidad de animales de recogida, estado de salud, dónde se encuentran los animales, los tratamientos realizados, etc. 
21. El año anterior la Dirección de derechos de los animales publicó subvenciones para ayudar a los ayuntamientos para que apliquen correctamente la ley 7/2023. Por ello le solicito nos informe si ustedes la solicitaron, cuánto les designaron y cómo fue gestionado. 
22. En igual sentido, en este momento hasta finales de agosto, se encuentra vigente la antes citada ayuda; ¿están ustedes aplicando para que se les conceda?
23. Cuál ha sido la designación presupuestal éste año para las fiestas en Polanco y sus municipios; igualmente le solicito copia de las designaciones para cada uno de ellos.
 En Torrelavega a los catorce días de junio del año dos mil veinticuatro

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RESPUESTA DEL AYUNTAMIENTO A LA ASOCIACIÓN

RESUMEN DEL CONSEJO DE TRANSPARENCIA A LA RESPUESTA DEL AYUNTAMIENTO DE POLANCO CUANDO SE LE DA TRASLADO PARA PRESENTAR ALEGACIONES.


“En su escrito de alegaciones, la alcaldesa proporciona además diversos datos de interés sobre el objeto de la solicitud
de información:
“Tal y como ya conoce la reclamante, por haber sido puesto de manifiesto en innumerables ocasiones, el Ayuntamiento
de Polanco tiene contratado el servicio de recogida de animales abandonados ...”(la perrera contratada)
• Recogida y albergue de animales extraviados y/o abandonados en el Término Municipal de Polanco. Se incluyen en
el presente contrato: • La retirada de perros y otros animales domésticos de explotación o renta, silvestres de compañía
y silvestres, que con dueño conocido o no, identificados o no, censados o no: se encuentren en zonas de dominio y uso
público y estén extraviados, abandonados, heridos o enfermos; supongan una molestia o peligro para las personas,
para otros animales, para el tráfico rodado o para las cosas; sean portadores de enfermedades trasmisibles al hombre
o a otros animales. (art. 22.1) • La retirada de perros y otros animales domésticos que no se encuentren en una
ubicación adecuada y/o por no cumplir la reglamentación referente a los perros; que a juicio de la autoridad
competente se encuentren en instalaciones o alojamientos que desde el punto de vista higiénico – sanitario; sufran
maltrato o no respeten la legislación vigente. • Custodia y cuidados de los animales desamparados o cuyos titulares
no puedan atenderlos debido a situaciones de vulnerabilidad. (art. 22.4).
• Custodia de cuarentenas de aquellos que deban someterse a vigilancia por parte de las autoridades sanitarias. •
Retirada de cadáveres de pequeños animales en la vía pública. • Programas CER (Captura, Esterilización y Retorno)
para gatos que el Ayuntamiento plantee ejecutar: se realizarán los trabajos de captura, desplazamiento a la clínica
veterinaria indicada por el Ayuntamiento y retorno a la colonia. En ningún caso la gestión de la Colonia en sí.
La custodia, guarda y manutención de los perros y gatos se efectuará...”(nombre de la perrera), “durante el
tiempo pertinente en cada caso según ley (en este momento 10 días). La manutención del día 11 al 30 está incluida en
el precio ofertado en el presente contrato, a partir del día 31 desde la retirada se facturará aparte. El resto de los
animales serán desplazados al lugar para ello indicado por el Ayuntamiento de Polanco, realizando” (la perrera)
“únicamente, labores de traslado. En el caso de necesitar asistencia veterinaria (urgente o no, accidentes o
enfermedades) durante este periodo, está correrá por cuenta del Ayuntamiento de Polanco, indicándonos la clínica o
servicio veterinario al que acudir en el caso de tener alguna adjudicada, de no ser así, escogeremos la mejor opción
para el animal en cada caso. Los desplazamientos necesarios para la asistencia corren por cuenta” (de la perrera)
“. Todos los avisos debe ser efectuado por la autoridad competente para ello (Policía Local, Guardia Civil, Miembro
de la Corporación Local, Funcionario del Ayuntamiento, 112, etc.).
HORARIO El horario del servicio será de 24 horas los 365 días. (art. 22 de la Ley 7/23)
OFERTA ECONÓMICA El precio de estos servicios para el AYUNTAMIENTO DE POLANCO será de MIL
DOSCIENTOS CUARENTA euros (1.240,00 €) mensuales, más el correspondiente I.V.A.
SACRIFICIO CERO
Una vez retirado el animal de la vía pública y pasado el tiempo legal, sin que el propietario lo reclame, el
Ayuntamiento pasa a ser el propietario del mismo y debe hacerse cargo de los gastos adicionales ocasionados por él
(art. 22.1, 22.4, 23.1.a. Ley 7/23): • Gastos de manutención, mientras permanezca en las instalaciones del Centro
Canino Besaya, a partir del día 31 desde la recogida. • Identificar mediante microchip. • Vacunación contra la Rabia. •
Esterilización. • Cualquier tipo de gasto veterinario adicional que requiera la situación del animal.
CAPACIDAD PARA CONTRATAR CON LA ADMINISTRACIÓN Según el Texto Refundido de la Ley de Contratos del
Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre: Podrán celebrar contratos con el
sector público las personas naturales o jurídicas con plena capacidad de obrar, que no incurran en prohibición alguna,
y que cumplan los requisitos de solvencia o clasificación establecidos.”
(la perrera) “es una empresa legal que cumple con todos los requisitos de la administración para este fin y así lo
acredita en la documentación adjuntada: • Núcleo zoológico autorizado por la Consejería de Ganadería del Gobierno
de Cantabria, imprescindible para la realización legal de este servicio (art. 23.1.e). • Perreras individuales y perreras
para cuarentenas (art 23.3). • Medios autorizados para el transporte, tanto de animales vivos como de cadáveres,
autorizados por la Consejería de Ganadería del Gobierno de Cantabria. • I.A.E., alta en autónomos, pagos a la
Seguridad Social y Hacienda al día. • Prevención de Riesgos Laborales y Seguro de Responsabilidad Civil”. Este
Ayuntamiento de Polanco no tiene ningún otro contrato en vigor que preste los servicios anteriormente descritos.”..()...
Como se puede evidenciar, la Orden data del año 2008, por lo que los conceptos de la clasificación por programas del
gasto son los que en dicho momento fueron aprobados, no habiendo sufrido grandes variaciones que permitan adaptar
los conceptos de clasificación del gasto a conceptos actuales, como los planteados por la reclamante. Es esta la razón
por la que en la comunicación de Alcaldía de fecha 15/07/2024 se informa que el Ayuntamiento de Polanco, en su
Presupuesto General 2024, todos los gastos relativos a los servicios descritos ut supra, son contenidos dentro del grupo
de programas (clasificación por programas del presupuesto de gastos) 311, relativo a la “Protección de la salubridad
pública”. Dicho grupo de programa solamente contiene un único subconcepto de gasto (clasificación económica del
presupuesto de gastos), que es el “Subconcepto 227.99. Otros trabajos realizados por otras empresas y profesionales.
Se incluyen gastos originados por trabajos realizados por otras empresas no mencionados en los subconceptos
anteriores”. Una vez expuesto todo lo anterior, y explicando en la comunicación de Alcaldía que este Ayuntamiento
cuenta con un crédito presupuestario de cincuenta mil euros para todos los gastos relativos al grupo de programas 311,
se puede fácilmente comprender que el reconocimiento de obligaciones no puede superar el crédito existente en cada
momento. Asimismo, se solicita “designación presupuestal” para las fiestas de Polanco, teniendo que responder lo
mismo que en el caso anterior, que el grupo de programa 338 cuenta con unos créditos iniciales de ciento sesenta y dos
mil novecientos euros...()...La Alcaldesa completa su alegaciones haciendo mención al “ABUSO DE DERECHO” y la
“JURISPRUDENCIA SOBRE EL DELIRIO QUERULANTE”. Las negrillas y textos entre paréntesis de la
signataria

ALGO NO CUADRA, EL AYUNTAMIENTO DICE QUE HACE SUS TAREAS, PERO JUZGUEN USTEDES

Buenas tardes; la mayoría de ustedes me conocen a través de la asociaciones Humanicemos, Deva
y la Federación Ecos, con lo cual no necesito presentación; vivo en Polanco, un municipio que
incumple flagrantemente la Ley 7/2023 de 28 de marzo de bienestar y protección de los animales.
El 14/06/2024 via Ley de Transparencia le envié al ayuntamiento, un cuestionario solicitando
información concreta en relación con la gestión de las colonias felinas y método CER en el
municipio (lo adjunto por si alguien le puede servir a futuro) y la respuesta fue la siguiente:
“En respuesta a su escrito de fecha 17 de junio de 2024, con número 2024-E-RC1685 del registro de entrada, le
informamos de que el Ayuntamiento de Polanco se encuentra inmerso en la contratación de los servicios necesarios
para la ejecución de su programa de colonias felinas, así como del resto de servicios exigidos por el ordenamiento
jurídico español.
Se informa que el Grupo de Programa 311 de la Clasificación Por Programas del presupuesto de gastos del año 2024,
según el modelo establecido por la Orden EHA/3565/2008, de 3 de diciembre, por la que se aprueba la estructura de
los presupuestos de las entidades locales, de este Ayuntamiento tiene unos créditos iniciales de 50.000,00 euros,
dentro de los cuales se ampararán las autorizaciones, compromisos o disposiciones de gastos, así como el
reconocimiento de obligaciones que de los mismos se deriven, en relación con las políticas públicas de bienestar
animal.” y adjuntó un informe realizado por la perrera que tiene contratada y que hacer relación con
la “actuaciones” realizadas a mediados de junio en la casa de un vecino que fue derivado a una
residencia y tenía una colonia de gatos sin registrar. En razón de la problemática que se creó en ese
momento por las denuncias fisicas y en redes sociales, el ayuntamiento terminó capturando sin
tener en cuenta el procedimiento de reubicación de colonias felinas; con éste informe demuestra
que con la captura e identificación de 5 miembros de la colonia, esta realizando la gestión integral
de las colonias felinas y gatos comunitarios.
Inconforme con esta respuesta, presenté reclamación ante el Consejo de Transparencia, quien la
admitió a trámite y le dió traslado al ayuntamiento para que presentara alegaciones, momento que
ha aprovechado la señora alcaldesa, para explayarse ante el Consejo de Transpasrencia con lujo de
detalles y mentiras. Resume el Consejo de Transparencia : “...alegando la reiteración de solicitudes
sobre el mismo asunto presentadas por la reclamante y personas y/o asociaciones afines.” Nuestra asociación no
es la única que denuncia el incumplimiento de la Ley, con lo cual algo no se esta haciendo bien.
El Consejo de Transparencia desestima nuestro recurso y no es de extrañar que lo haga con
semejante retahíla y sarta de mentiras, las cuales resume en el documento anexo (resumen respuesta
ayuntamiento)
Se puede contrastar lo que le ha respondido a la asociación frente al resumen que hizo el Consejo de
Transparencia; pero es bien importante esta información, puesto que por fin nos enteramos de
muchas cosas que el ayuntamiento tiene contratados y que al parecer la perrera no esta cumpliendo
y tampoco lo esta cumpliendo el servicio del 112 a quien nos hemos dirigido en varias
oportunidades responde que tenemos que ir a denunciar en comisaría; de hecho, tenemos una
respuesta anterior del ayuntamiento donde nos dicen que la facultad para ordenarle a la perrera la
recogida de los gatos comunitarios, es estrictamente del ayuntamiento porque ese pago se hace de
forma individual, pero veo que ahora ya lo tienen extendido al servicio del 112, buena noticia para
los Polanqueños, por fín tenemos una respuesta en qué apoyarnos al momento de llamar al servicio
del 112.
Para nosotros es muy importante saber que el ayuntamiento tiene contratado un amplio abanico de
situaciones, a saber (entre muchos otros), la recogida de animales heridos, enfermos animales
domésticos que no se encuentren en una ubicación adecuada y/o por no cumplir la reglamentación
referente a los perros, que a juicio de la autoridad competente se encuentren en instalaciones o
alojamientos que desde el punto de vista higiénico – sanitario sufran maltrato o no respeten la
legislación vigente. Custodia y cuidados de los animales desamparados o cuyos titulares no
puedan atenderlos debido a situaciones de vulnerabilidad (da la sensación que SEPRONA no
sabe ésto, nos encargaremos de que ésta información les llegue); ALELUYA, tenemos Custodia de
cuarentenas de aquellos que deban someterse a vigilancia por parte de las autoridades sanitarias y
“Programas CER (Captura, Esterilización y Retorno) para gatos que el Ayuntamiento plantee ejecutar:...” aquí
queda todo dicho, ¿cómo entendemos el término ejecutar, los ejecutan? los traicionó el sub
consciente? Es que si mirarmos en el RACIC, cuantos animales tiene el ayuntamiento de Polanco a
su nombre, nos encontramos la siguiente sorpresa: (PANTALLA SIGUIENTE)
SOLO CINCO GATOS, los mismos QUE RETIRÓ DE LA CASA DE NUESTRO VECINO,
cuando en Polanco, por donde se mire, encontramos gatos de todos los tamaños y colores; y vean
ustedes la suerte que tiene este ayuntamiento, el un mismo día cede a la misma persona 5 gatos
adultos, cosa que ninguna asociación ha logrado a día de hoy. Con esa suerte, me parece que bien
podría gestionar las colonias felinas del pueblo.
Renglón seguido, dicen “En ningún caso la gestión de la Colonia en sí”con lo cual como ya se evidenció,
el método CER, solo aplica en los casos como el de marras donde para dar una falsa apariencia de
legalidad, los 5 gatos de la colonia del nuestro vecino, si que aparecen a nombre del ayuntamiento,
no sabemos si los vacunaron, desparasitaron, etc, porque esa información no la enviaron. Por
cierto, nos entra curiosidad por conocer el estado actual de esos gatos, que se debiron haber
entregado en adopción o cesión como aparece en el RACIC, con contrato de seguimiento.
Queridos vecinos colegas y asociaciones; nuestros animales tendrán la guardia y custodia de la
perrera por 10 días, a partir del día 11 al 30 la manutención la incluye el precio ofertado. ¿esto
significa que la guardia y custodia no incluye la manutención? Juzguen ustedes, pero es que a partir
del día 31 se facturará aparte y los animales los desplazarán al lugar que el ayuntamiento indique. ¿a
qúe lugar? Por lo visto, los animales se quedan sin guardia, custodia, manutención porque tal como
dice la resolución del Consejo de Transparencia “… la Administración Local tiene dicho servicio contratado
de manera externa (contrato de servicios), por no disponer de medios, ni materiales ni humanos, para la prestación
directa del mismo…”¿a dónde los llevan?
No es que no disponga de esos medios, el ayuntamiento de Polanco se niega a destinar recursos
para la gestión de las colonias felinas y metodo CER, a sabiendas que hay ayudas nacionales y
autónomicas para ello, nos consta que varias asociaciones que se han ofrecido a colaborar y firmar
conveninos de colaboración, el ayuntamiento de Polanco de forma voluntaria e intencional no ha
aplicado a las ayudas y ha desdeñado la colaboración del voluntariado; de hecho hemos preguntado
en el cuestionario sobre la aplicación a las ayudas y ni el ayuntamiento ni el Consejo de
Transparencia han dicho “mu” (preguntas 21 y 22) cómo tampoco han dicho nada sobre la
formación del funcionariado, los gatos esterilizados este año, qué veterinario los esterilizó, mapeo
de las colonias, protocolos de actuación por emergencias cuando hay un gato implicado,
voluntariado, etc.
Y con el gangazo que les hace la perrera para prestar todos los servicios mencionados por la
alcaldesa, y a sabiendas que es de público conocimiemiento, que la perrera contratada por el
ayuntamiento, presta servicios a la carta (con ejecución y sin ejecución) ¿qué seguimiento hace el
ayuntamiento de Polanco para verificar que nos animales no terminen en el segundo lugar cuando
supuestamente el ayuntamiento no tiene recursos humanos, económicos ni materiales para la
tenencia de los animales?
Pero para rematar el escrito, la señora alcaldesa, vuelve a retomar la víaja línea de que nuestra
asociación esta abusando del derecho y según la jurisprudencia, la suscrita signararia sufre delirio
quelurante. Para los que no lo saben, según la RAE, un quelurante es un querellante patológico.
Según esa definición, todos los abogados lo somos porque nos pagan por hacerlo, nos pagan por
defender los intereses de otras personas sean culpables, responsables o no. Como se puede observar
y verificar, la suscrita signataria se encuentra registrada y al día en el pago de sus cuotas en el ICA
Cantabria, con lo cual me encuentro en igualdad de condiciones con mis colegas a los que les exigí
en estrados judiciales borrar ese discursito de “pijos trasnochados” y asi lo tuvieron que hacer; he de
decir que aunque me encuentro en igualdad de condiciones con mis colegas abogados, si que existe
una gran diferencia y es que la suscrita no vive de la profesión, cosa que si hacen quienes me tildan
de quelurante, estoy retirada hace más de 20 años y dedico mi profesión a la defensa de los que no
tienen voz, los animales y el medio ambiente; aclaro que no soy ninguna quelurante, soy una
abogada que lucha por quienes no pueden defenderse ¿Si un médico se retira o se jubila y el resto
de sus años lo dedica al voluntariado pasa a ser un tegua?
Veo que la señora alcaldesa de Polanco ha retomado ese viejo y trasnochado discurso para quedar
bien ante el Consejo de Transparencia quien “le comió cuento” como era de esperar y además se
atreve a decir que esta asociación “abusa del derecho” No soy la única que exige el cumplimiento
de la Ley con lo cual algo no esta haciendo bien el ayuntamiento de Polanco, pero aunque fueramos
los únicos, no exigimos más de lo establecido en la Ley luchamos por la legalidad y como muestra
un botón, nos respondió que “...Ayuntamiento de Polanco se encuentra inmerso en la contratación de los
servicios necesarios para la ejecución de su programa de colonias felinas, así como del resto de servicios exigidos
por el ordenamiento jurídico español.” versus la diatriba presentada ante el Consejo de Transparencia.
El ayuntamiento de Polanco, respondió como respondió, pero lo hizo por obvias razones, y con
fundamento en ello han desestimado nuestro recurso, pero es que gracias a esa respuesta, por fin los
Polanqueños nos enteramos del amplio abanico de servicios que tiene contratado el ayuntamiento
con la perrera, y que a partir de éste momento podemos exigir el cumplimiento del contrato que
pagamos con nuestros impuestos, con lo cual acudo a los Polanqueños y asociaciones con
sensibilidad y compasión por los derechos de los animales, a denunciar y exigir ante quien
corresponda, se cumpla con la contratación que ha realizado nuestro ayuntamiento para la
protección de los animales de Polanco las 24 horas del día los 365 días al año.
Esta información y los anexos mencionados los encontrará en la página web
www.humanicemos.org.es
Torrelavega, treinta de enero del año dos mil veinticuatro

CON LOS 5 GATOS QUE SE VIÓ FORZADO A RETIRAR DE LA CASA DE UN VECINO, PRETENDE JUSTIFICAR EL AYUNTAMIENTO QUE ESTA CUMPLIENDO LA LEY

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© Maria Piedad Arcila Echeverry